Fideicomisos en las Islas Vìrgenes
Fideicomisos en las Islas Vìrgenes se forman bajo la Ordenanza de Fideicomisos de 1961 (basada en el Acta de Fideicomitente Inglès de 1925), actualizada y enmendada por el Acta de Enmienda de Fideicomitente de 1993.
Desde el Acta de 1993, no hay ningùn requisito para registrar fideicomisos en las Islas Vìrgenes y no existe divulgaciòn pùblica sobre la información de fideicomisos.
Debido al Acta de Enmienda, el règimen para fideicomisos en las Islas Vìrgenes es muy flexible. A continuaciòn, las caracterìsticas principales de la ley de fideicomisos en las Islas Vìrgenes:
- El derecho propio de un fideicomiso se puede especificar por el instrumento del fideicomiso; en la ausencia de una jurisdicciòn especìfica, un fideicomiso estarà bajo la legislaciòn de las Islas Vìrgenes si el fideicomitente o la administración del fideicomiso està situada en las Islas Vìrgenes;
- Fideicomisos pueden entrar y salir de las Islas Vìrgenes; pero la salida es posible ùnicamente si la jurisdicciòn de destino reconoce la validez del fideicomiso;
- Fideicomisos de propòsito se permiten en perpetuidad y deben tener por lo menos un fideicomitente de las Islas Vìrgenes (residente profesional o equivalente);
- El periòdo de perpetuidad puede establecerse por 100 años, pero “vida en el ser” todavía es posible;
- Provisiones “esperar y ver“ son incluidos como estàndar;
- “Protectores” son explìcitamente permitidos y sus poderes claramente definidos;
- Se excluyen provisiones de herencia forzosa;
- A fideicomitentes se les puede otorgar poderes de inversión discretos amplios;
- Fideicomisos de las Islas Vìrgenes estàn exentos de todo impuesto siempre que no haya beneficiario residente ni activos de las Islas Vìrgenes.
El uso tradicional de fideicomisos es la protecciòn y preservaciòn de activos familiares. Los propòsitos màs comùnes para establecer fideicomisos son:
- Protecciòn de Activos
- Sustituto de Testamento y Evitar la legalizaciòn de un testamento
- Evitar Herencia Forzosa
- Planificaciòn de Sucesiòn Familiar
- Planificaciòn Fiscal y Evitar Impuestos de Propiedad
- Beneficio de caridad y Objetivos de Propòsito
- Confidencialidad y Protecciòn de Privacidad
- Planificaciòn de Contingencia
Fideicomiso es una relaciòn entre tres partes: Fideicomisario, Fideicomitente y Beneficiario(s).
Fideicomisario es la persona o corporaciòn que establece el Fideicomiso.
Fideicomitente es la persona o corporaciòn nombrada por el Fideicomisario que mantiene la propiedad local de los activos en el Fideicomiso para el beneficio de los Beneficiarios.
Beneficiarios son las personas, corporaciones u organizaciones benèficas que tienen el derecho beneficioso de gozar de los activos en el Fideicomiso.



